Convocatoria y Funcionamiento JGL

Convocatoria

Fijar la periodicidad semanal de la celebración de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local y su horario los jueves a las 8:15 horas. En caso de que el jueves fuera festivo, se celebraría el día hábil inmediato siguiente.

Atribuciones

1.- Aprobación de los proyectos de urbanización que no forman parte de un programa de actuación (artículo 175 LOTUP).
2.- Autorización de empleo directa de terrenos sujetos a reparcelación necesarios para desarrollar infraestructuras de urbanización (artículo 93.2 LOTUP).
3.- Transmisiones directos y en metálico de excedentes de aprovechamiento (artículo 77 LOTUP).
4.- Transferencias de aprovechamiento (artículo 78 LOTUP).
5.- Autorización de reserva de aprovechamiento subjetivo en las transmisiones al dominio público de terrenos con destino dotacional, para su posterior transferencia (artículo 79 LOTUP).
6.- Denegación de reservas de aprovechamiento inadecuadas para el desarrollo del planeamiento (artículo 79.2 LOTUP).
7.- Expedición de cédulas de garantía urbanística para parcelas edificables que no tengan pendiente el cumplimiento de deberes de cesión, equidistribución o urbanización (artículo 227 LOTUP).
8.- Las contrataciones de todas las clases, en los supuestos en que la mencionada competencia corresponda en la Alcaldía de conformidad con la normativa vigente, excepto aquellas que tengan la consideración de contrataciones menores (D. A. 2a TRLCSP).
9.- La adquisición de bienes y derechos, así como la alienación del patrimonio, en los supuestos en que la mencionada competencia corresponda en la Alcaldía, de conformidad con la normativa vigente, excepto aquellas la cuantía de las que no supero la cifra de 3.000 euros. (D. A. 2a TRLCSP).
10.- Dictado de órdenes individualizadas de ejecución de edificación (artículo 182 LOTUP).
11.- Exigencia de certificados actualizados de inspección periódica de construcciones y realización de oficio a costa de los obligados en su caso (artículo 180 LOTUP).
12.- Declaración de situación legal de ruina (artículo 188 y artículo 189 LOTUP).
13.- Licencias y autorizaciones de los actos a que se refiere el artículo 213 LOTUP.
14.- Declaración de caducidad de licencia (artículo 225 LOTUP).
15.- Expedientes para la restauración de la legalidad urbanística, por la realización de obras de edificación sin licencia o sin ajustarse a sus determinaciones en curso de ejecución, a los que se refieren los artículos 233 y 235 de la LOTUP.
16.- Ejecución forzosa de la orden de suspensión inmediata de las obras de edificación sin licencia o sin ajustarse a sus determinaciones en curso de ejecución (artículo 241 LOTUP).
17.- Expedientes para la restauración de la legalidad urbanística, por la realización de obras de edificación acabadas sin licencia o sin ajustarse a sus determinaciones a que se refiere el artículo 236 LOTUP.
18.- Incoación y resolución de expedientes sancionadores por infracción urbanística (artículo 266 LOTUP).
19.- La resolución que pongo fin a los expedientes de restauración de la legalidad urbanística infringida, mediante la adopción de las medidas previstas en el artículo 240 de la LOTUP.
20.- Conceder las licencias ambientales a que se refiere la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat Valenciana, de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunidad Valenciana.
21.- Ordenar el cierre y cese en el funcionamiento de actividades, cuando no disponen del correspondiente instrumento de intervención ambiental, de acuerdo con lo que establece la Ley 6/2014 mencionada.
22.- Ordenar el cierre, clausura y cese en el funcionamiento de locales en los supuestos a que se refieren los artículos 44 y 59 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, y 354 y siguientes del Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consejo, reglamento que la despliega.
23.- Resolver las convocatorias y concursos para la provisión de los puestos de trabajo de libre designación (arte. 41.14b ROF).
24.- Declarar situaciones administrativas y jubilación del personal (arte. 41.14g ROF).