El artículo 31.3 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre de 2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.(BOE-A-2015-10565), de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, establece: "La sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo, determinará, atendiendo al ámbito territorial en el que ejerce sus competencias el titular de aquélla y al calendario previsto en el artículo 30.7, los días que se considerarán inhábiles a los efectos previstos en este artículo. Este será el único calendario de días inhábiles que se aplicará a efectos del cómputo de plazos en los registros electrónicos, sin que resulte de aplicación a los mismos lo dispuesto en el artículo 30.6".

En cumplimiento de lo establecido en este artículo se consideran inhábiles para el año 2023 a efectos de los procedimientos y trámites relativos al Registro electrónico, todos los sábados y domingos del año, y los siguientes días:

Fiestas nacionales:

6 de Enero             Epifania del Señor

7 de Abril               Viernes Santo

10 de Abril             Lunes de Pascua

1 de Mayo              Día del Trabajo

24 de Junio            San Juan 

15 de Agosto          Ascensión de la Virgen

9 de Octubre          Día de la Comunitat Valenciana

12 de Octubre         Fiesta Nacional de España

1 de noviembre       Fiesta de Todos los Santos

6 de diciembre        Día de la Constitución

8 de Diciembre        Día de la Inmaculada Concepción

25 de Diciembre       Natividad del Señor

 

Fiestas locales:

3 de Febrero           Festividad de San Blas

8 de Septiembre     Festividad de la Virgen de la Misericordia